LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES COMUNICA
Montevideo, 16 de agosto de 2012.
Se reitera a todo el personal de Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, que debido a las consultas realizadas a esta Dirección General por el personal de las diferentes Unidades Militares, sigue vigente la normativa respecto a los beneficios del Boleto Institucional y de Tickets Alimentación, “Ordenanza 75/009 de 2 de enero de 2009” inserta en el Boletín MDN 11091 de 9 de enero de 2009, con la salvedad que el tope salarial dispuesto para el corriente año a efectos de recibir los mencionados beneficios es de $ 12.671.
Click aquí para ver ORDENANZA BOLETOS
|
|
|
|